Descripción | Requerido |
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Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero | No |
Descripción | Requerido |
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Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero | No |
Descripción | Requerido |
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Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero | No |
Descripción | Requerido |
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Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero | No |
Descripción | Requerido |
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Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero | No |
1 | Integrar un grupo de quince personas interesadas en el mismo tema. |
2 | Nombrar a un representante que se encargará de hacer las gestiones de solicitud ante la Secretaría de Trabajo, para ello, deberán presentar su solicitud Formato Capacítate-24, disponible en la página web st.puebla.gob.mx, a través de la representante. |
3 | Presentar la documentación, cada uno de sus integrantes. |
4 | La Instancia Ejecutora revisará la documentación correspondiente de cada solicitud y determinará su elegibilidad. |
5 | La Instancia Ejecutora evaluará la viabilidad y pertinencia de las solicitudes elegibles y en su caso aprobará las solicitudes de cursos de capacitación conforme a la demanda, priorizando a los municipios con mayor tasa de desempleo y marginación. |
6 | La Instancia Ejecutora notificará vía telefónica, correo electrónico o medios digitales al representante del grupo a capacitarse si el curso fue aprobado o no aprobado, así como su respectiva fecha de inicio, los horarios, la modalidad y el lugar para tomar la capacitación. |
7 | Cuando se hayan cubierto las capacitaciones y se hayan entregado los documentos probatorios, la Instancia Ejecutora solicitará a la Dirección de Administración de la Secretaría de Trabajo, realice las gestiones necesarias para la entrega de los apoyos (beca de capacitación) a quienes hayan concluido satisfactoriamente los cursos. |
8 | La Instancia Ejecutora llevará a cabo supervisiones a los cursos de capacitación, a fin de verificar su correcta impartición, pudiendo realizar llamadas telefónicas a las y los beneficiarios y/o visitas aleatorias. |
9 | Los capacitados deberán tener una asistencia superior al 80% de la totalidad de sesiones del curso, y en su caso, justificar ante el Capacitador sus inasistencias; además, deberán llevar a cabo las actividades que formen parte de la capacitación, así como realizar la entrega de los trabajos o tareas que se le asignen, lo anterior a efecto de acceder al apoyo de “Beca de Capacitación”. |
10 | La Instancia Ejecutora solicitara a los capacitadores, entregar la documentación probatoria en los formatos membretados que la Secretaría de Trabajo proporcione, previo a la realización de los cursos, mismos que serán: a) Ficha General de Asistencia (en donde se establece si la persona cumple o no con los requisitos para recibir la beca), y b) Evidencia fotográfica. Cuando se hayan impartido las capacitaciones y se hayan entregado los documentos probatorios, la Instancia Ejecutora solicitará a la Dirección de Administración de la Secretaría de Trabajo, realice las gestiones necesarias para la entrega de los apoyos (beca de capacitación) a quienes hayan concluido satisfactoriamente los cursos. |
11 | El apoyo se brindará exclusivamente a las personas beneficiarias, para ello, se les citará en las instalaciones de la Secretaría de Trabajo o lugares a convenir, y se les solicitará presentar identificación oficial vigente para cotejar el nombre de la persona beneficiaria, así como para requisitar la póliza correspondiente. |
12 | Una vez notificada la fecha de entrega del apoyo, vía telefónica, correo electrónico o medios digitales, las personas beneficiarias tendrán un plazo de treinta días hábiles para recogerlo, concluido este periodo, se procederá a la cancelación del beneficio económico. |
13 | La Secretaría de Trabajo por conducto de la Instancia Ejecutora, en coordinación con el Centro Capacitador, entregará las constancias por las competencias laborales adquiridas a las personas beneficiadas que acreditaron satisfactoriamente. |
Descripción | Requerido |
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La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites | No |
La resolución es requisito de otro trámite | No |
Secretaría de Trabajo
Puebla, Puebla, Callejón de la 10 norte Heroica Puebla de Zaragoza, Barrio del Alto, 806, C.P.72290, Telefono: (222) 246-4457, ,ext. 118__,
Correo: [email protected]
Lunes 9:00 A. M. a 6:00 P. M.
Martes 9:00 A. M. a 6:00 P. M.
Miércoles 9:00 A. M. a 6:00 P. M.
Jueves 9:00 A. M. a 6:00 P. M.
Viernes 9:00 A. M. a 6:00 P. M.
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