Visita de verificación en materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

Homoclave: I-IFT-0006 Tipo de actividad: Vigilancia
Dependencia: Instituto Federal de Telecomunicaciones
Unidad administrativa: Unidad de Cumplimiento
Orden de gobierno:
Garantizar que los Concesionarios, autorizados y demás sujetos regulados, cumplan con lo dispuesto en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y las disposiciones que deriven de ella, así como las condiciones y obligaciones establecidas en los títulos de concesión, autorizaciones, resoluciones, acuerdos del Instituto y demás disposiciones aplicables en materia de telecomunicaciones y radiodifusión.
Datos generales
Tipo: Vigilancia
La inspección verificación o visita domiciliaria es: SEGUIMIENTO (se da seguimiento al cumplimiento de alguna obligación en particular)
¿Qué motiva la inspección? Ordinaria, Extraordinaria, De oficio, A solicitud de parte
¿Se inspecciona a los sujetos regulados que recibieron la resolución de un trámite o servicio? No
Objetivo de la inspección Garantizar que los Concesionarios, autorizados y demás sujetos regulados, cumplan con lo dispuesto en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y las disposiciones que deriven de ella, así como las condiciones y obligaciones establecidas en los títulos de concesión, autorizaciones, resoluciones, acuerdos del Instituto y demás disposiciones aplicables en materia de telecomunicaciones y radiodifusión.;
Palabras clave Cumplimiento de Obligaciones
Requisitos
01
Nombre y cargo de la persona con quien se entendió la diligencia
Ámbito:
Tipo: Requisitos
Artículo: 67
Fracción:
02
Toda la información y documentación necesaria para realizar la verificación
Ámbito:
Tipo: Requisitos
Artículo: 291
Fracción:
02
Información contable
Ámbito:
Tipo: Requisitos
Artículo: 292
Fracción: V
02
Información relativa a la topología de las redes
Ámbito:
Tipo: Requisitos
Artículo: 292
Fracción:
02
Nombre y domicilio de las personas que fungieron como testigos
Ámbito:
Tipo: Requisitos
Artículo: 67
Fracción: VI
Formato requerido:
Pasos que realiza el inspector o verificador durante la inspección, verificación o visita domiciliaria y el tiempo aproximado que lleva cada etapa
1
Al iniciar la visita, el verificador deberá exhibir credencial vigente con fotografía, expedida por la autoridad competente que lo acredite para desempeñar dicha función, así como la orden escrita con expedida por la autoridad competente, en la que deberá precisarse el lugar o zona que ha de verificarse, el objeto de la visita, el alcance que deba tener y las disposiciones legales que lo fundamenten.
2
Los concesionarios, autorizados y cualquier persona relacionada, estarán obligados a permitir a los verificadores del Instituto, el acceso al domicilio de la empresa e instalaciones, así como a otorgarles todas las facilidades, información y documentación para que realicen la verificación
3
Se levantará acta circunstanciada, en presencia de dos testigos propuestos por la persona con quien se hubiere entendido la diligencia o por quien la practique si aquélla se hubiere negado a proponerlos.
4
Se dejará copia del acta circunstanciada de la verificación a la persona con quien se entendió la diligencia.
Tiempo aproximado: 9 horas
Ámbito: Federal 1
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 63 y 65
Fracción:
Ámbito: Federal 1
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión
Artículo: 291
Fracción:
Ámbito: Federal 1
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 66
Fracción:
Ámbito: Federal 1
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 66
Fracción:
Costo
¿A quiénes les aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria?
Objeto o sujeto de la inspección: Garantizar que los Concesionarios, autorizados y demás sujetos regulados, cumplan con lo dispuesto en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y las disposiciones que deriven de ella, así como las condiciones y obligaciones establecidas en los títulos de concesión, autorizaciones, resoluciones, acuerdos del Instituto y demás disposiciones aplicables en materia de telecomunicaciones y radiodifusión.;
Dirigido a: Otros: Concesionarios, autorizados y demás sujetos regulados. Con excepción de los agentes económicos preponderantes, así como aquellos declarados con poder sustancial, respecto de la regulación asimétrica impuesta a los mismos.
¿Existe algún criterio que define a qué sujeto regulado le es aplicable la inspección, verificación o visita domiciliaria?
Tamaño de empresas:
¿En dónde se realiza? En el domicilio o establecimientos de los Sujetos Regulados
Periocidad en la que realiza: No aplica
Derechos y obligaciones del sujeto regulado
01 A que al practicar la visitas, los verificadores esten provistos de orden escrita con firma autógrafa expedida por la autoridad competente, en la que deberá precisarse el lugar o zona que ha de verificarse, el objeto de la visita, el alcance que deba tener y las disposiciones legales que lo fundamenten.
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 63
Fracción:
02 A que el verificador deje copia de la orden al propietario, responsable, encargado u ocupante del establecimiento en el que se lleve a cabo la diligencia.
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 65
Fracción:
02 A que, al iniciar la visita, el verificador exhiba credencial vigente con fotografía, expedida por la autoridad competente, que lo acredite para desempeñar dicha función.
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 65
Fracción:
02 A que se levante acta circunstanciada, en presencia de dos testigos propuestos por la persona con quien se hubiere entendido la diligencia o por quien la practique si aquélla se hubiere negado a proponerlos. A que el verificador deje copia a la persona con quien se entendió la diligencia, aunque se hubiere negado a firmar, lo que no afectará la validez de la diligencia ni del documento de que se trate.
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 66
Fracción:
02 A formular observaciones en el acto de la diligencia y ofrecer pruebas en relación a los hechos contenidos en el acta de verificación, o bien, hacer uso de tal derecho, por escrito, dentro del término de cinco días siguientes a la fecha en que se hubiere levantado el acta.
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 68
Fracción:
01 Los propietarios, responsables, encargados u ocupantes de establecimientos objeto de verificación estarán obligados a permitir el acceso y dar facilidades e informes a los verificadores para el desarrollo de su labor.;
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 64
Fracción:
02 Los concesionarios, autorizados y cualquier persona relacionada, estarán obligados a permitir a los verificadores del Instituto, el acceso al domicilio de la empresa e instalaciones, así como a otorgarles todas las facilidades, información y documentación para que realicen la verificación .;
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión
Artículo: 291
Fracción:
02 Los concesionarios y las personas que cuenten con una autorización, cuando les sea aplicable, deberán proporcionar, asistir y facilitar información contable por servicio, región, función y componentes de sus redes, para cada una de las concesiones o autorizaciones otorgadas, sin perjuicio de la información que se les requiera en cualquier momento para el cumplimiento de las funciones del Instituto.;
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión
Artículo: 292
Fracción:
02 Los concesionarios que tengan redes públicas de telecomunicaciones estarán obligados a proporcionar al Instituto, toda la información relativa a la topología de sus redes, incluyendo capacidades, características y ubicación de los elementos que las conforman, así como toda aquella que le permita al Instituto conocer la operación y explotación de los servicios de telecomunicaciones y de radiodifusión. Asimismo, estarán obligados a proporcionar al Instituto cualquier información para integrar el acervo estadístico del sector, sin perjuicio de las facultades del Instituto Nacional de Estadística y Geografía.;
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión
Artículo: 292
Fracción:
01 Los verificadores, para practicar visitas, deberán estar provistos de orden escrita con firma autógrafa expedida por la autoridad competente, en la que deberá precisarse el lugar o zona que ha de verificarse, el objeto de la visita, el alcance que deba tener y las disposiciones legales que lo fundamenten.;
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 63
Fracción:
02 Al iniciar la visita, el verificador deberá exhibir credencial vigente con fotografía, expedida por la autoridad competente.;
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 65
Fracción:
02 Los verificadores del Instituto podrán tener acceso al domicilio de la empresa e instalaciones, así como a la información y documentación que requieran para realizar la verificación.;
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión
Artículo: 291
Fracción:
02 Levantará acta circunstanciada de la visita de verificación;
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 66
Fracción:
02 A dar vista a la autoridad investigadora cuando iniciada una visita de verificación el Instituto considere que el concesionario esté incurriendo en una práctica monopólica por la conducta objeto de la verificación;
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión
Artículo: 294
Fracción:
Sanciones
Multa
Revocación de licencia, permiso, autorización u otro
Pérdida de bienes en beneficio de la Nación
Amonestación
Ámbito: Federal
Tipo: Sanciones
Artículo: 298
Fracción:
Ámbito: Federal
Tipo: Sanciones
Artículo: 298
Fracción:
Ámbito: Federal
Tipo: Sanciones
Artículo: 305
Fracción:
Ámbito: Federal
Tipo: Sanciones
Artículo: 303
Fracción: I a XX
Inspectores
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Unidad de Cumplimiento
Contacto de la autoridad responsable de realizar la inspección
Instituto Federal de Telecomunicaciones
Unidad administrativa: Unidad de Cumplimiento
Dirección: Avenida de las Telecomunicaciones Iztapalapa, Leyes de Reforma 1a Sección, s/n, C.P.09310, Telefono: (555) 015-4000, ,<BR>
Teléfono: (555) 015-4000
Correo:
Instituto Federal de Telecomunicaciones
Unidad administrativa: Unidad de Cumplimiento
Dirección: Avenida de las Telecomunicaciones s/n Leyes de Reforma 1a Sección Iztapalapa Iztapalapa Ciudad de México C.P. 09310
Teléfono: (555) 015-4000
Correo:
Fundamento Jurídico
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 65
Fracción:
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 64
Fracción:
Fundamento de requisitos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 67
Fracción:
Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 291
Fracción:
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 66
Fracción:
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 292
Fracción:
Fundamento de requisitos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 292
Fracción: V
Fundamento de requisitos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 67
Fracción: VI
Pasos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 66
Fracción:
Sanciones
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 298
Fracción:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 291
Fracción:
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 65
Fracción:
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 291
Fracción:
Fundamento de requisitos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 291
Fracción:
Pasos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 63 y 65
Fracción:
Sanciones
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 298
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 63
Fracción:
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 63
Fracción:
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 68
Fracción:
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 292
Fracción:
Fundamento de requisitos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 292
Fracción:
Pasos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 66
Fracción:
Sanciones
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 305
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 291
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 294
Fracción:
Pasos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 291
Fracción:
Sanciones
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 303
Fracción: I a XX
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 65
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 66
Fracción:
Estadística
¿Cuántas inspecciones se realizaron en el año anterior durante los siguientes Meses?
Enero
Febrero
Marzo
Abril
Mayo
Junio
Julio
Agosto
Septiembre
Octubre
Noviembre
Diciembre 603
¿Cuántas inspecciones derivaron en sanción en el año inmediato anterior?
0
Fecha de última actualización de la ficha de inspección: 03 Diciembre 2024
Autoridad pública responsable

Unidad de Cumplimiento

Avenida de las Telecomunicaciones s/n Leyes de Reforma 1a Sección Iztapalapa Iztapalapa Ciudad de México C.P. 09310

Cerrar

Catálogo Nacional