1 |
El personal que sea habilitado para efectuar la visita de verificación deberá estar acreditado y contar con orden escrita debidamente fundada y motivada, en la que se precisará el lugar o zona que habrá de verificarse, el objeto de la diligencia y el alcance de ésta
Tiempo aproximado: 3 días
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2 |
Al iniciar la verificación, el personal acreditado se identificará con quien se entienda la diligencia, exhibirá la orden respectiva y le entregará copia de la misma, exhortándole a que en el acto designe dos testigos
Tiempo aproximado: 10 minutos
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3 |
En toda verificación se levantará acta administrativa, circunstanciada, en la que se harán constar los hechos u omisiones que se hubieren presentado en el desarrollo de la diligencia
Tiempo aproximado: 1 hora
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4 |
Recibida el Acta Administrativa de verificación, en caso de haberse encontrado alguna irregularidad, la autoridad administrativa correspondiente requerirá al propietario o encargado del inmueble donde se prestan servicios inmobiliarios de manera irregular, por notificación personal o por correo certificado con acuse de recibo, para que adopte las medidas correctivas necesarias para cumplir con las disposiciones jurídicas aplicables y para que dentro de los diez días hábiles siguientes a partir de que surta efecto dicha notificación, manifieste por escrito lo que a su derecho convenga
Tiempo aproximado: 10 días
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5 |
Escuchado al presunto infractor, recibidas y desahogadas las pruebas que ofrezca o en su caso el interesado no haya hecho uso del derecho que se le confiere, dentro del plazo previsto, se procederá a dictar la resolución administrativa que corresponda, dentro de los treinta días hábiles siguientes, misma que se le notificará personalmente o por correo certificado
Tiempo aproximado: 30 días
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6 |
En la resolución administrativa correspondiente señalarán, en su caso, las medidas que deberán de llevarse a cabo para corregir las deficiencias o irregularidades observadas, el plazo otorgado al infractor para satisfacerlas y las sanciones a que se hubiere hecho acreedor conforme a las disposiciones aplicables.
Tiempo aproximado: 30 días
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Enero | 0 |
Febrero | 0 |
Marzo | 0 |
Abril | 0 |
Mayo | 0 |
Junio | 0 |
Julio | 0 |
Agosto | 1 |
Septiembre | 0 |
Octubre | 0 |
Noviembre | 0 |
Diciembre | 4 |
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