CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Tipo de ordenamiento jurídico: Constitución
Fecha de publicación de la regulación: 15 mayo 2019
Fecha de última actualización: 15 mayo 2019
Ámbito de la aplicación:
Artículo 8o. Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República. A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario.
Índice
Vigencia
La regulación tiene vigencia defeninida No
Autoridades
Sector/actividad económica
Materias Exentas
Tramites y servicios vinculados
Inspecciones vinculadas
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