Ley de Catastro del Estado de Puebla

Tipo de ordenamiento jurídico: Ley
Fecha de publicación de la regulación: 16 agosto 2010
Fecha de última actualización: 02 octubre 2020
Ámbito de la aplicación:
I. Normar la integración, organización y funcionamiento del catastro; II. Establecer las autoridades catastrales en el Estado y sus atribuciones; III. Regular las acciones de coordinación entre los diversos niveles de gobierno, así como entre las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal en las que incida la función catastral; IV. Normar las obligaciones que en materia de Catastro les corresponden a los propietarios o poseedores de predios, así como a toda persona física o moral y demás obligados que realicen funciones relacionadas con la actividad catastral; V. Determinar y regular las formas, términos y procedimientos a que se sujetarán las operaciones catastrales que se realicen en el Estado; VI. Prever las infracciones a las disposiciones en materia catastral, así como sus sanciones; y VII. Establecer la aclaración y el recurso administrativo de revisión en materia catastral; y VIII. Establecer las formas en las que se podrán sustanciar los trámites y servicios que prestan las autoridades catastrales establecidas en esta Ley.
Índice
Título Primero. Disposiciones Generales
Título Segundo. De las autoridades catastrales en el Estado y sus atribuciones
Título Tercero. De las obligaciones
Título Cuarto. De los fraccionamientos y condominios
Título Quinto. De las operaciones catastrales
Título Sexto. De los padrones de peritos valuadores y peritos topógrafos
Título Séptimo. De las infracciones y sanciones
Título Octavo. De la aclaración y del recurso administratrivo de revisión
Vigencia
La regulación tiene vigencia defeninida No
Autoridades
H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla
Instituto Registral y Catastral del Estado de Puebla
Sector/actividad económica
Servicios profesionales, científicos y técnicos
Subsector: Servicios profesionales, científicos y técnicos
Rama: Otros servicios profesionales, científicos y técnicos
Subrama: Otros servicios profesionales, científicos y técnicos
Clase: Otros servicios profesionales, científicos y técnicos
Materias Exentas
  • Proteger la sanidad y la inocuidad agroalimentaria, animal y vegetal
  • Seguridad, protección y/ salud laboral
  • Seguridad social
  • Seguridad nuclear
  • Seguridad de los productos no alimentarios y protección del consumidor
  • Seguridad de la población
  • Seguridad alimentaria
  • Sector financiero
  • Salud humana
  • Revisión de contratos petroleros (art. 37-B-VII y 63 LISH)
  • Salud pública, medicamentos, asistencia sanitaria y/o sanidad
  • Recursos naturales
  • Aduanera
  • Armas de fuego y explosivos
  • Comercio exterior
  • Constatar medidas de protección civil
  • Derechos e intereses del consumidor
  • Operaciones con recursos de procedencia ilícita
  • Protección contra riesgos sanitarios
  • Resguardar la seguridad Nacional
Regulaciones vinculadas
Tramites y servicios vinculados
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