Tasa de recargos por prórroga para los meses de julio, agosto y septiembre de 2003, sobre cuyo excedente se calcula la condonación a que se refiere el segundo párrafo del artículo décimo del Decreto por el que se exime del pago de contribuciones federales, se condonan recargos de créditos fiscales y se otorgan estímulos fiscales y facilidades administrativas, a los contribuyentes que se indican, publicado el 23 de abril de 2003

Tipo de ordenamiento jurídico: Decreto
Fecha de publicación de la regulación: 31 julio 2003
Fecha de última actualización:
Ámbito de la aplicación:
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