Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

Tipo de ordenamiento jurídico: Ley
Fecha de publicación de la regulación: 30 diciembre 1980
Fecha de última actualización:
Ámbito de la aplicación:
Están obligadas al pago del impuesto establecido en esta Ley, las personas físicas y las morales que realicen los actos o actividades siguientes: I. La enajenación en territorio nacional o, en su caso, la importación de los bienes señalados en esta Ley. Para efectos de la presente Ley se considera importación la introducción al país de bienes. Fracción reformada DOF 11-12-2013 II. La prestación de los servicios señalados en esta Ley. El impuesto se calculará aplicando a los valores a que se refiere este ordenamiento, la tasa que para cada bien o servicio establece el
Índice
Vigencia
La regulación tiene vigencia defeninida
Autoridades
Sector/actividad económica
Materias Exentas
Tramites y servicios vinculados
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