Descripción | Requerido |
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Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero | No |
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental | No |
Descripción | Requerido |
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Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero | Sí |
Tipo de revisión necesaria: Certificación | |
Nombre de la empresa o persona que lo emite: Notario Público | |
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental | No |
Descripción | Requerido |
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Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero | No |
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental | No |
Descripción | Requerido |
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Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero | No |
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental | No |
Descripción | Requerido |
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Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero | No |
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental | No |
Descripción | Requerido |
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Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero | No |
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental | No |
Descripción | Requerido |
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Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero | No |
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental | No |
Web | |||||||||||||||||||||||
1 | 1. Ingresar a la página https://centrolaboral.gob.mx/ y buscar el apartado “Legitimación” o si lo prefiere directamente https://legitimacion.centrolaboral.gob.mx/ | ||||||||||||||||||||||
2 | 2. Crear una cuenta: llenar campos de registro de sindicato, datos de contacto como correo electrónico, adjuntar documento de toma de nota, declarar bajo protesta de decir verdad y crear cuenta. | ||||||||||||||||||||||
3 | 3. El sindicato titular dará aviso al Centro vía electrónica a través del sitio web "https://legitimacion.centrolaboral.gob.mx/” de que consultará a los trabajadores para determinar si la mayoría respalda el contrato colectivo de trabajo (CCT) que tiene celebrado. | ||||||||||||||||||||||
4 | 4. Los sindicatos deberán manifestar en el siguiente correo electrónico [email protected] en el supuesto que por su naturaleza o características particulares deben ser consultados a los trabajadores en dos o más entidades federativas o dos o más jornadas, o situaciones no previstas en el protocolo. | ||||||||||||||||||||||
5 | 5. El aviso deberá ser firmado electrónicamente por la o el Secretario General del sindicato o por su representante legal, manifestando bajo protesta de decir verdad que la información proporcionada y la documentación presentada es veraz. | ||||||||||||||||||||||
6 | 6. En caso de que el Centro detecte errores u omisiones en la información o en la documentación proporcionada por el sindicato lo prevendrá para que dentro del plazo de tres días hábiles lo subsane. | ||||||||||||||||||||||
7 | 7. Cumplidos los requisitos del aviso previstos por el artículo 19 de protocolo, el Centro tendrá por presentado el aviso y expedirá los formatos y documentos respectivos para continuar con el procedimiento de legitimación. | ||||||||||||||||||||||
8 | 8. El sindicato promoverte deberá descargar e imprimir todos los documentos enlistados. los cuáles serán los únicos autorizados para el procedimiento de consulta. | ||||||||||||||||||||||
9 | 9. Elegir si la consulta será verificada por notario o inspector del trabajo. | ||||||||||||||||||||||
10 | 10. El sindicato deberá imprimir, foliar y sellar tantas boletas de votación como trabajadores se encuentren en el listado de trabajadores con derecho a voto. | ||||||||||||||||||||||
11 | 11. Imprimir la convocatoria, boletas y actas de votación que genera el sistema. | ||||||||||||||||||||||
12 | 12. La convocatoria que arroje la plataforma será publicada junto con el listado de trabajadores con derecho a voto en los lugares con mayor afluencia de los centros de trabajo con al menos diez días hábiles antes de la fecha y hora de la consulta. | ||||||||||||||||||||||
13 | 13. Una vez emitida la convocatoria deberá hacerlo de conocimiento inmediato del patrón para que otorgue las facilidades necesarias para que realice la consulta y la entrega impresa del contrato colectivo de trabajo por lo menos tres días hábiles antes de la fecha de consulta. | ||||||||||||||||||||||
14 | 14. Se deberá observar lo establecido en el artículo 26 del protocolo para el procedimiento de consulta. | ||||||||||||||||||||||
15 | 15. El sindicato fijará el acta de escrutinio y cómputo en los lugares más visibles y accesibles del centro de trabajo y dará aviso al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral a través de la plataforma electrónica, bajo protesta de decir verdad, respecto del resultado de la votación dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de la consulta. | ||||||||||||||||||||||
16 | 16. El aviso de resultados contendrá lo establecido en el artículo 27 del protocolo. | ||||||||||||||||||||||
17 | 17. El personal verificador y/o en su caso los notarios públicos observarán que todo el procedimiento de consulta a las y los trabajadores se realice conforme a lo previsto en el presente Protocolo y a las disposiciones de la Ley y de manera enunciativa más no limitativa, verificarán lo establecido en el artículo 30 del protocolo. | ||||||||||||||||||||||
18 | 18. El personal verificador integrará un informe en el que asentará los pormenores de la verificación para efectos de la dictaminación correspondiente, dentro del plazo de cinco días hábiles contados a partir del evento de consulta. | ||||||||||||||||||||||
19 | 19. El sindicato podrá completar y remitir al Centro el formulario de auto verificación que emita la plataforma, en el cual se dará cuenta de los pormenores previos, durante y posteriores de la consulta. | ||||||||||||||||||||||
20 | 20. El Centro, al recibir el aviso de resultados, anexos y, en su caso, los informes y actas del personal verificador, verificará si el proceso de consulta cumplió con los requisitos establecidos en la Ley y el Protocolo. | ||||||||||||||||||||||
21 | 21. Se procede en caso de que la mayoría de las y los trabajadores se manifieste a favor del contenido del CCT, el Centro emitirá la resolución correspondiente y se tendrá por legitimado., en caso de que no sea posible determinar la mayoría a favor o en contra o un empate, el Centro dejará a salvo los derechos del sindicato solicitante para que se convoque a una nueva convocatoria en los plazos establecidos, en caso de que la mayoría se manifieste en contra del contenido del CCT, el Centro lo tendrá por no legitimado y se dará por terminado, conservando los beneficios y condiciones de trabajo contenidas en el CCT de consulta, los cuales deberán ser iguales o superiores a las establecidas en la Ley de aplicación obligatoria para el patrón. | ||||||||||||||||||||||
22 | 22. En caso de que el Centro detecte errores u omisiones en la información o en la documentación remitida por el sindicato en el aviso de resultados, lo prevendrá para que dentro del plazo de tres días hábiles lo subsane quedando los plazos legales del procedimiento de legitimación suspendidos hasta en tanto sea subsanada o se agote el plazo para hacerlo, apercibiéndolo que, de no hacerlo, la consulta se tendrá por no realizada. | ||||||||||||||||||||||
23 | 23. En caso de que el Centro no resuelva en los supuestos establecidos en el artículo 34 del presente Protocolo dentro de los veinte días hábiles siguientes a la fecha en que se remitió el aviso de resultados, el sindicato interesado podrá solicitar al Centro que declare la legitimación del CCT y expida Constancia de Legitimación correspondiente. | ||||||||||||||||||||||
Liga iniciar el trámite en linea:
Liga para iniciar el trámite en línea
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Descripción | Requerido |
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La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites | No |
La resolución es requisito de otro trámite | No |
Coordinación General de Registro de Contratos Colectivos
Ciudad de México, Tlalpan, Picacho Ajusco Tlalpan, Torres de Padierna, 714, C.P.14209, Telefono: (552) 000-5300, ,ext. 20033___,
Correo: [email protected]
Lunes 9:00 A. M. a 6:00 P. M.
Martes 9:00 A. M. a 6:00 P. M.
Miércoles 9:00 A. M. a 6:00 P. M.
Jueves 9:00 A. M. a 6:00 P. M.
Viernes 9:00 A. M. a 6:00 P. M.
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