Autorización para la organización y operación de una institución de banca múltiple

Homoclave: CNBV-06-034 Tipo: Trámite Tipo de trámite: Autorización
Dependencia: Comisión Nacional Bancaria y de Valores
Unidad administrativa: Dirección General de Autorizaciones al Sistema Financiero
Nivel de gobierno:
¿Quieres organizarte y operar como una Institución de Banca Múltiple que se dedique al servicio de banca y crédito? Consulta este trámite y acude a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).
Requisitos
1
Escrito Libre (de solicitud o petición)
Original
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 10
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: En relación con los artículos 9, 10 Bis de Ley de Instituciones de Crédito y 336, 337 Bis de las Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito
Descripción: Las solicitudes de autorización para organizarse y operar como institución de banca múltiple deberán acompañarse de lo siguiente: I. Proyecto de estatutos de la sociedad que deberá considerar el objeto social y señalar expresa e individualmente las operaciones que pretenda realizar conforme a lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley de Instituciones de Crédito (la Ley), así como satisfacer los requisitos que, en términos de la Ley y de las demás disposiciones aplicables, deban contenerse; II. Relación e información de las personas que directa o indirectamente pretendan mantener una participación en el capital social de la institución de banca múltiple a constituir, que deberá contener, de conformidad con las disposiciones de carácter general que al efecto expida la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, previo acuerdo de su Junta de Gobierno, lo siguiente: a) El monto del capital social que cada una de ellas suscribirá y el origen de los recursos que utilizará para tal efecto; b) La situación patrimonial, tratándose de personas físicas, o los estados financieros, tratándose de personas morales, en ambos casos de los últimos tres años, y c) Aquélla que permita verificar que cuentan con honorabilidad e historial crediticio y de negocios satisfactorio. III. Relación de los probables consejeros, director general y principales directivos de la sociedad, acompañada de la información que acredite que dichas personas cumplen con los requisitos que la Ley establece para dichos cargos. IV. Plan general de funcionamiento de la sociedad que comprenda por lo menos: a) Las operaciones a realizar de conformidad con el artículo 46 de la Ley; b) Las medidas de seguridad para preservar la integridad de la información; c) Los programas de captación de recursos y de otorgamiento de créditos en los que se refleje la diversificación de operaciones pasivas y activas de conformidad con la normativa aplicable, así como los segmentos del mercado que se atenderán preferentemente; d) Las previsiones de cobertura geográfica, en las que se señalen las regiones y plazas en las que se pretenda operar; e) El estudio de viabilidad financiera de la sociedad; f) Las bases para aplicar utilidades, en la inteligencia de que las sociedades a las que se autorice para organizarse y operar como instituciones de banca múltiple no podrán repartir dividendos durante sus tres primeros ejercicios sociales y que, en ese mismo periodo, deberán aplicar sus utilidades netas a reservas. La restricción descrita no se observará por las instituciones de banca múltiple que cuenten con un índice de capitalización superior en diez puntos porcentuales al requerido y con los suplementos de capital, conforme a lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley y, a su vez, cumplan con el capital mínimo establecido en el artículo 19 de la Ley, y g) Las bases relativas a su organización, administración y control interno; V. Comprobante de depósito en garantía en moneda nacional constituido en institución de crédito o de valores gubernamentales por su valor de mercado, a favor de la Tesorería de la Federación, por una cantidad igual al diez por ciento del capital mínimo con que deba operar la sociedad conforme a la Ley, y VI. La demás documentación e información relacionada, que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores requiera para el efecto.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero
Tipo de revisión necesaria:
Nombre de la empresa o persona que lo emite: Otro
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato requerido:
No se presenta formato
Pasos
Web
1 Presentación. nviar la solicitud y documentación adjunta en formato digital al correo electrónico oficial establecido en el “ACUERDO por el que se establecen las medidas administrativas para la continuidad de las actividades de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en la atención de los asuntos que se tramitan ante ésta, durante la contingencia sanitaria provocada por el COVID-19”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de julio de 2020, en un horario de recepción de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas, manifestando de manera expresa la aceptación de notificarse por medios electrónicos.
2 Recepción de acuse. Se recibe al correo electrónico del promovente el acuse de recibido de la solicitud con asignación por parte de la Comisión del folio correspondiente.
3 Espera respuesta de la Comisión.
Liga iniciar el trámite en linea: Liga para iniciar el trámite en línea
Descripción Requerido
Se puede realizar el trámite en línea sin acudir a oficinas gubernamentales
Se puede cargar o subir documentos en línea
Se notifica al interesado sobre el estatus del trámite No
Se puede enviar y recibir información por medios electrónicos con los correspondientes acuses de recepción de datos y documentos
La resolución o respuesta de la dependencia del trámite es en línea
Se utiliza firma electrónica avanzada para realizar el trámite No
Se notifica al interesado en línea, sobre la información faltante del trámite
Se notifica al interesado en línea, sobre el plazo de prevención del trámite
Se notifica al interesado en línea, sobre el vencimiento del plazo de respuesta del trámite
El trámite es de resolución inmediata No
Costo
$ 64,891.00
Monto Fijo
Moneda en la que se realizó el pago: Pesos Mexicanos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 29
Fracción: XXIII
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: $64,891.00 por concepto de estudio.
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 29
Fracción: XXV.
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: $3'053,678.00 por concepto de inicio de operaciones.
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 29
Fracción: XXIV.
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: $954,274.00 por concepto de autorización
¿En dónde puedo realizar el pago? En el banco ,
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago: Previo al inicio del trámite
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 180 Días naturales
Metodología para llevar acabo la resolución
Metodología para llevar acabo la resolución del trámite o servicio: La información y documentación presentada por los solicitantes se analiza entre las diversas áreas competentes de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y, en su caso, de diversas autoridades financieras de conformidad con las disposiciones aplicables, para determinar la viabilidad legal, financiera y operativa de la solicitud. En caso de ser necesario, se realizan requerimientos de información dentro los plazos legales respectivos. Una vez que la solicitud se encuentra debidamente integrada y cumple con los requisitos legales, operativos, financieros y administrativos previstos en la normatividad aplicable, se emite el pronunciamiento que corresponda.
Anexo de los criterios de resolución
Descargar documento de criterios de resolución: Archivo
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 90 Días naturales
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 10 Días hábiles

Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 5 Bis 2
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias:
Obtener el acuerdo de autorización de la Junta de Gobierno de la CNBV y opinión favorable del Banco de México.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: Negativa ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 5 Bis 1
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Vigencia de la resolución
Vigencia: no aplica
Observaciones:
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? 1. La constitución de una institución de banca múltiple, ya sea directamente o a través de vehículo específico. 2. La transformación del régimen de sociedad financiera de objeto múltiple no regulada a institución de banca múltiple. 3. La transformación del régimen de organización y funcionamiento de un tipo de entidad financiera al de institución de banca múltiple. 4. Organización y operación de una Institución de Banca Múltiple Filial.
Actividad econónomica que está vinculada al trámite o servicio
Servicios financieros y de seguros
Subsector: Instituciones de intermediación crediticia y financiera no bursátil
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Proceso de apertura
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Aurora de la Paz Torres Arroyo
Cargo: Directora General de Autorizaciones al Sistema Financiero
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (551) 454-6000
Ext: 6180 y 6181
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite:
Nombre: J. Jesús Ortega Magaña
Cargo: Titular del Órgano Interno de Control
Rol:
Otro:
Teléfono: (551) 454-6000
Ext: 6640, 6641
Correo electrónico: [email protected]
Fundamento Jurídico
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 8
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 8
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: En relación con los artículos 9, 10, 10 Bis de Ley de Instituciones de Crédito y 336, 337 Bis de las Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 29
Fracción: XXIII
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: $64,891.00 por concepto de estudio.
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 8
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: En relación con los artículos 9, 10, 10 Bis de Ley de Instituciones de Crédito y 336, 337 Bis de las Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 8
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 5 Bis 1
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 29
Fracción: XXV.
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: $3'053,678.00 por concepto de inicio de operaciones.
Fundamento de la ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 5 Bis 1
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 5 Bis 1
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 29
Fracción: XXIV.
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: $954,274.00 por concepto de autorización
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 5 Bis 2
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite: Integración del expediente respectivo
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines para conservar información el trámite:
Descripción:
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas: 0
Número de solicitudes rechazadas: 0
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
https://www.cnbv.gob.mx/SECTORES-SUPERVISADOS/BANCA-MULTIPLE/Documents/Guía%20Bancos%20inicio%20de%20operaciones%20final_Ene2017%20Compiladapublicacion.pdf https://www.cnbv.gob.mx/SECTORES-SUPERVISADOS/BANCA-MULTIPLE/Documents/Guía%20Banco%20filial%20inicio%20de%20operaciones%20final_Ene2017compiladapublic.pdf
Última modificación del trámite o servicio: 01 marzo 2024
Autoridad pública responsable

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