Renovación de la inscripción en el Registro para operar como centro cambiario o transmisor de dinero

Homoclave: CNBV-2023-016-011-A Tipo: Trámite Tipo de trámite: Renovación
Dependencia: Comisión Nacional Bancaria y de Valores
Unidad administrativa: DIRECCIÓN GENERAL DE PREVECIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA C
Nivel de gobierno:
Los centros cambiarios y transmisores de dinero deberán obtener cada tres años la renovación del registro, en términos de las Disposiciones de Carácter General relativas al Registro de Centros Cambiarios y Transmisores de Dinero.
Requisitos
Formato requerido:
No se presenta formato
Pasos
Web
1 Presentar la documentación a través del correo prevención.lavado@cnbv.gob.mx
2 La Comisión revisará que la información y documentación presentada cumpla con los requisitos señalados en estas disposiciones y en caso de incumplimiento, dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a la presentación de la solicitud, prevendrá al Interesado, a efecto de que en un término de quince días hábiles, subsane el error u omisión cometido,
3 La Comisión contará con un plazo de noventa días para resolver sobre la Inscripción. En caso de que el Interesado no sea notificado de la resolución respectiva dentro del plazo de los noventa días antes señalado, se entenderá que la solicitud de Inscripción fue resuelta en sentido negativo
Liga iniciar el trámite en linea: Liga para iniciar el trámite en línea
Descripción Requerido
Se puede realizar el trámite en línea sin acudir a oficinas gubernamentales
Se puede cargar o subir documentos en línea
Se notifica al interesado sobre el estatus del trámite No
Se puede enviar y recibir información por medios electrónicos con los correspondientes acuses de recepción de datos y documentos
La resolución o respuesta de la dependencia del trámite es en línea
Se utiliza firma electrónica avanzada para realizar el trámite No
Se notifica al interesado en línea, sobre la información faltante del trámite
Se notifica al interesado en línea, sobre el plazo de prevención del trámite No
Se notifica al interesado en línea, sobre el vencimiento del plazo de respuesta del trámite No
El trámite es de resolución inmediata No
Costo
$ 3,052.00
Monto Fijo
Moneda en la que se realizó el pago: Pesos Mexicanos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 29
Fracción: XXIX
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Actualizado mediente Miscelanea Fiscal para 2025, publicada en el Diario Oficial de la Federacion el 30 de diciembre de 2024.
¿En dónde puedo realizar el pago? En el banco
Descripción del medio de pago: 2440001999
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago: Previo al inicio del trámite
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 90 Días naturales
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 45 Días naturales
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 15 Días hábiles

Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general relativas al registro de centros cambiarios y transmisores de dinero
Artículo: 6
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias:
Que la información y documentación presentada cumpla con los requisitos señalados en las disposiciones de carácter general relativas al registro de centros cambiarios y transmisores de dinero.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: Negativa ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general relativas al registro de centros cambiarios y transmisores de dinero
Artículo: 6
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Vigencia de la resolución
Vigencia: 3 años de vigencia
Observaciones: Se otorgará la renovación del registro a los Centros Cambiarios y Transmisores de Dinero, siempre y cuando cumplan con los requisitos señalados por las Disposiciones de Carácter General relativas al registro de las mismas.
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 81 - B
Fracción:
Inciso:
Párrafo: 3
Número:
Letra:
Otro:
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Los Centros Cambiarios y Transmisores de Dinero deberán obtener cada tres años la renovación del registro en términos de las Disposiciones de carácter general relativas al registro de centros cambiarios y transmisores de dinero.
Actividad econónomica que está vinculada al trámite o servicio
Servicios financieros y de seguros
Subsector: Actividades bursátiles, cambiarias y de inversión financiera
Rama: Casas de bolsa, casas de cambio y centros cambiarios
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Operación
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- FLOR DE LUZ GUADALUPE HERNÁNDEZ BARRIOS
Cargo: Directora General de Prevención de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita C
Correo electrónico: fghernandez@cnbv.gob.mx
Teléfono: (551) 454-6000
Ext: 6347
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite: INSURGENTES SUR, Interior PISO 9, Exterior 1971, Guadalupe Inn, Álvaro Obregón, CP 01020, Teléfono (551) 454-6000, Extensión 63726, Correo electrónico cnavarro@cnbv.gob.mx, Ciudad de México
Nombre: Hugo Fernando Huesca Granciano
Cargo: Titular del Órgano Interno de Control en la CNBV
Rol:
Otro:
Teléfono: (551) 454-6000
Ext: 6640
Correo electrónico: hfhuesca@cnbv.gob.mx
Fundamento Jurídico
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 29
Fracción: XXIX
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Actualizado mediente Miscelanea Fiscal para 2025, publicada en el Diario Oficial de la Federacion el 30 de diciembre de 2024.
Fundamento de la vigencia
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 81 - B
Fracción:
Inciso:
Párrafo: 3
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general relativas al registro de centros cambiarios y transmisores de dinero
Artículo: 3
Fracción:
Inciso:
Párrafo: 2
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 81-B
Fracción:
Inciso:
Párrafo: tercero
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general relativas al registro de centros cambiarios y transmisores de dinero
Artículo: 6
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 81-b
Fracción:
Inciso:
Párrafo: 3
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general relativas al registro de centros cambiarios y transmisores de dinero
Artículo: 3
Fracción:
Inciso:
Párrafo: segundo
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general relativas al registro de centros cambiarios y transmisores de dinero
Artículo: 7
Fracción: I, II, III, IV, V y IV
Inciso:
Párrafo: tercero
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general relativas al registro de centros cambiarios y transmisores de dinero
Artículo: 3
Fracción:
Inciso:
Párrafo: 2
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la inspección, verificación o visita domiciliaria
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general relativas al registro de centros cambiarios y transmisores de dinero
Artículo: 4 y 7
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general relativas al registro de centros cambiarios y transmisores de dinero
Artículo: 3
Fracción:
Inciso:
Párrafo: segundo
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general relativas al registro de centros cambiarios y transmisores de dinero
Artículo: 6
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Inspecciónes o verficaciónes relacionadas
Este trámite no tiene inspecciónes relacionadas
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines para conservar información el trámite:
Descripción: Dar validación y que cumpla con los requisitos señalados en las Disposiciones de carácter general relativas al registro de centros cambiarios y transmisores de dinero, de los documentos presentados por los Centros Cambiarios y Transmisores de Dinero, a efecto de otorgar la renovación correspondiente
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas: 510
Número de solicitudes rechazadas: 52
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Los centros cambiarios y transmisores de dinero, deberán de considerar la renovación de su Inscripción, presentando su solicitud ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores a más tardar a los noventa días previos al vencimiento de la Inscripción de conformidad con el 3er párrafo del artículo 7 de las Disposiciones de Carácter General relativas al registro de los Centros Cambiarios y Transmisores de Dinero
Última modificación del trámite o servicio: 28 marzo 2025
Oficinas de Atención

Oficialía de partes de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores

Ciudad de México, Álvaro Obregón, Insurgentes Sur Álvaro Obregón, Guadalupe Inn, 1971, C.P.01020, Telefono: (551) 454-6000, ,

Lunes 9:00 A. M. a 3:00 P. M.

Martes 9:00 A. M. a 3:00 P. M.

Miércoles 9:00 A. M. a 3:00 P. M.

Jueves 9:00 A. M. a 3:00 P. M.

Viernes 9:00 A. M. a 3:00 P. M.

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