Solicitud de transición o consolidación a concesión única para uso comercial

Modalidad: Modalidad B. Solicitud de transición o consolidación a concesión única para uso comercial respecto de concesionarios que forman parte del agente económico preponderante en el sector de las telecomunicaciones o de radiodifusión

Homoclave: IFT-2024-314-096-A Tipo: Trámite Tipo de trámite: Otro
Dependencia: Instituto Federal de Telecomunicaciones
Unidad administrativa: Unidad de Concesiones y Servicios
Nivel de gobierno:
Solicitar la transición o consolidación a concesión única para uso comercial respecto de concesionarios que forman parte del agente económico preponderante en el sector de las telecomunicaciones o de radiodifusión.
Requisitos
1
Medios de presentación por los cuales debe o puede presentarse el trámite o servicio:
Formato
Original
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
2
Medios de presentación por los cuales debe o puede presentarse el trámite o servicio:
Ventanilla Electrónica:
El interesado puede optar por llevar su proceso a través de la funcionalidad “Más Trámites y Servicios”, de la Ventanilla Electrónica del Instituto Federal de Telecomunicaciones:
https://ventanilla.ift.org.mx/VentanillaElectronica/index.php/Login
Original
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
3
Datos:
En caso de personas físicas: nombre y, en su caso, nombre comercial, domicilio en el territorio nacional, correo electrónico, teléfono y clave de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.
En el caso de personas morales: razón o denominación social y, en su caso, nombre comercial, domicilio en el territorio nacional (calle, número exterior, número interior, localidad o colonia, municipio o delegación, entidad federativa y código postal), correo electrónico, teléfono y clave de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.
En su caso, nombre del representante legal, que cuente con las facultades suficientes para tramitar la solicitud. Si el representante legal no se encuentra acreditado ante el Instituto Federal de Telecomunicaciones, deberá adjuntarse al formato IFT-Transición, el testimonio o copia certificada del instrumento expedido por fedatario público en el que consten dichas facultades, así como copia simple de la identificación del representante legal.
El Folio Electrónico de la concesión que se pretende transitar a la Concesión única para Uso Comercial. En el supuesto de consolidación de varias concesiones, bastará con que señale un Folio Electrónico de ellas.

Original
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
4
Documentos:
El testimonio o copia certificada del instrumento expedido por fedatario público en el que consten las facultades del representante legal, en caso de no estar acreditado ante el Instituto Federal de Telecomunicaciones.
Copia simple de la identificación del representante legal.
El comprobante del pago de los derechos establecidos en la Ley Federal de Derechos por el concepto de transición a concesión única o la consolidación de una o más concesiones para instalar, operar y explotar una red pública de telecomunicaciones.
Certificación de cumplimiento de conformidad con la fracción III del artículo Décimo Transitorio del"Decreto por el que se expiden la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano; y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia de telecomunicaciones y radiodifusión".

Original
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato requerido:
Pasos
1 Por Oficialía de Partes Común:
I. El interesado en realizar el trámite o servicio, recabará los datos y anexará la documentación requerida a la solicitud correspondiente, la cual, deberá presentar ante la Oficialía de Partes Común del Instituto Federal de Telecomunicaciones.
II. Recibida la solicitud, el Instituto Federal de Telecomunicaciones procederá al análisis y verificación de la misma y, en su caso, emitirá la prevención correspondiente al promovente en el plazo establecido para tal efecto, con el fin de que esté, presente la información requerida en el plazo fijado con el objetivo de integrar debidamente la solicitud.
III. El Instituto Federal de Telecomunicaciones emitirá su resolución respecto de la solicitud con los elementos que le hayan sido proporcionados, y le notificará al solicitante el contenido de la misma.
2 Asimismo, en caso de que el solicitante así lo desee, podrá presentar y sustanciar el trámite que nos ocupa a través de la Ventanilla Electrónica del Instituto, utilizando la funcionalidad denominada "Más Trámites y Servicios", para lo cual deberá:
I. Autenticarse ante la Ventanilla Electrónica, ingresando el usuario y la contraseña que el Instituto le haya proporcionado previamente.
II. Acceder al Tablero Electrónico y seleccionar a su representada.
III. Seleccionar la funcionalidad "Más Trámites y Servicios".
IV. Seleccionar el Trámite o Servicio que presentará ante el Instituto.
V. Adjuntar la solicitud (formato) en .pdf.
VI. Suscribir la solicitud referida en el numeral que antecede con su Firma Electrónica Avanzada, la cual surtirá los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa.
VII. En su caso, adjuntar a la solicitud, en el apartado correspondiente, los documentos que se requieran para la sustanciación del trámite.
VIII. Sustanciar la solicitud hasta su resolución final a través de la funcionalidad "Más Trámites y Servicios", contenida en la Ventanilla Electrónica.
3 Lugar en donde se deberá iniciar o presentar el trámite o servicio, así como los horarios de atención:
Mediante la ventanilla electrónica: https://ventanilla.ift.org.mx/VentanillaElectronica/index.php/Login o ante la Oficialía de Partes del Instituto Federal de Telecomunicaciones.
Insurgentes Sur 1143, Planta Baja, Colonia Nochebuena, Demarcación Territorial Benito Juárez, Código Postal 03720, Ciudad de México, México.
Horarios de atención: de lunes a jueves de las 9:00 a las 18:30 horas y el viernes de las 9:00 a las 15:00 horas.
Teléfonos: 55 50 15 40 00 u 800 200 01 20
Web
1 Por Oficialía de Partes Común:
I. El interesado en realizar el trámite o servicio, recabará los datos y anexará la documentación requerida a la solicitud correspondiente, la cual, deberá presentar ante la Oficialía de Partes Común del Instituto Federal de Telecomunicaciones.
II. Recibida la solicitud, el Instituto Federal de Telecomunicaciones procederá al análisis y verificación de la misma y, en su caso, emitirá la prevención correspondiente al promovente en el plazo establecido para tal efecto, con el fin de que esté, presente la información requerida en el plazo fijado con el objetivo de integrar debidamente la solicitud.
III. El Instituto Federal de Telecomunicaciones emitirá su resolución respecto de la solicitud con los elementos que le hayan sido proporcionados, y le notificará al solicitante el contenido de la misma.
2 Asimismo, en caso de que el solicitante así lo desee, podrá presentar y sustanciar el trámite que nos ocupa a través de la Ventanilla Electrónica del Instituto, utilizando la funcionalidad denominada "Más Trámites y Servicios", para lo cual deberá:
I. Autenticarse ante la Ventanilla Electrónica, ingresando el usuario y la contraseña que el Instituto le haya proporcionado previamente.
II. Acceder al Tablero Electrónico y seleccionar a su representada.
III. Seleccionar la funcionalidad "Más Trámites y Servicios".
IV. Seleccionar el Trámite o Servicio que presentará ante el Instituto.
V. Adjuntar la solicitud (formato) en .pdf.
VI. Suscribir la solicitud referida en el numeral que antecede con su Firma Electrónica Avanzada, la cual surtirá los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa.
VII. En su caso, adjuntar a la solicitud, en el apartado correspondiente, los documentos que se requieran para la sustanciación del trámite.
VIII. Sustanciar la solicitud hasta su resolución final a través de la funcionalidad "Más Trámites y Servicios", contenida en la Ventanilla Electrónica.
3 Lugar en donde se deberá iniciar o presentar el trámite o servicio, así como los horarios de atención:
Mediante la ventanilla electrónica: https://ventanilla.ift.org.mx/VentanillaElectronica/index.php/Login o ante la Oficialía de Partes del Instituto Federal de Telecomunicaciones.
Insurgentes Sur 1143, Planta Baja, Colonia Nochebuena, Demarcación Territorial Benito Juárez, Código Postal 03720, Ciudad de México, México.
Horarios de atención: de lunes a jueves de las 9:00 a las 18:30 horas y el viernes de las 9:00 a las 15:00 horas.
Teléfonos: 55 50 15 40 00 u 800 200 01 20
Descripción Requerido
Se puede realizar el trámite en línea sin acudir a oficinas gubernamentales
Se puede cargar o subir documentos en línea
Se notifica al interesado sobre el estatus del trámite
Se puede enviar y recibir información por medios electrónicos con los correspondientes acuses de recepción de datos y documentos
La resolución o respuesta de la dependencia del trámite es en línea
Se utiliza firma electrónica avanzada para realizar el trámite
Se notifica al interesado en línea, sobre la información faltante del trámite
Se notifica al interesado en línea, sobre el plazo de prevención del trámite
Se notifica al interesado en línea, sobre el vencimiento del plazo de respuesta del trámite No
El trámite es de resolución inmediata No
Costo
Monto Fijo
Moneda en la que se realizó el pago: Pesos Mexicanos
Metodología utilizada para cálculo del monto:
¿En dónde puedo realizar el pago? Se deberá de pagar la siguiente cantidad: $16,673 (dieciséis mil seiscientos setenta y tres pesos 00/100 M.N.).

Momento para realizar el pago: El pago se deberá realizar antes de presentar la solicitud, anexando a la misma el comprobante de dicho pago.

Medios para realizar el pago: El pago de Derechos, Productos y Aprovechamientos ante el IFT deberá realizarse a través del Esquema de Pagos "e5cinco, utilizando una hoja de ayuda, misma que podrá solicitarse a través de la siguiente liga electrónica: https://contraprestaciones.ift.org.mx/siiftweb/#/solicitar_formulario
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 60 Días naturales
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: No aplica
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 30 Días hábiles

Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias:
El solicitante deberá encontrarse en cumplimiento de:
(i) las obligaciones previstas en el o los respectivos títulos de concesión, y,
(ii) las obligaciones derivadas de la legislación aplicable en materia de telecomunicaciones, radiodifusión y competencia económica.
(iii) las medidas expedidas por el propio Instituto Federal de Telecomunicaciones a que se refieren las fracciones III y IV del artículo Octavo Transitorio del Decreto de Reforma Constitucional, y
(iv) las medidas a las que se refiere la fracción iii anterior cuando menos durante dieciocho meses en forma continua.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: Negativa ficta
Vigencia de la resolución
Vigencia: no aplica
Observaciones:
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Otro: El titular de una o más concesiones para instalar, operar y explotar una red pública de telecomunicaciones que forme parte del agente económico preponderante en el sector de las telecomunicaciones, de conformidad con lo establecido en el artículo Octavo Transitorio, fracción III del Decreto de Reforma Constitucional.
    El titular de una o más concesiones para instalar, operar y explotar bandas de frecuencias para el servicio de radiodifusión, otorgadas al amparo de la Ley Federal de Radio y Televisión,que pretenda obtener una Concesión Única para Uso Comercial y forme parte del agente económico preponderante en el sector de la radiodifusión, de conformidad con lo establecido en el artículo Octavo Transitorio, fracción III del Decreto de Reforma Constitucional.
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio?
Para el caso de telecomunicaciones, cuando los concesionarios pretendan transitar o consolidar sus títulos de red pública de telecomunicaciones a una Concesión Única para Uso Comercial.
Para el caso de radiodifusión, cuando los concesionarios titulares de una o más concesiones de bandas de frecuencias para el servicio de radiodifusión, otorgadas al amparo de la Ley Federal de Radio y Televisión,pretendan obtener una Concesión Única para Uso Comercial.
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- César Augusto Arias Hernández
Cargo: Director General de Concesiones de Telecomunicaciones
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (555) 015-4000
Ext: 4274
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite: Insurgentes Sur, Exterior 1143, Nochebuena, Benito Juárez, CP 03720, Teléfono (555) 015-4000, Ciudad de México
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Monserrat Urusquieta Cruz
Cargo: Directora General de Concesiones de Radiodifusión
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (555) 015-4000
Ext: 4315
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite: Insurgentes Sur, Exterior 1143, Nochebuena, Benito Juárez, CP 03720, Teléfono (555) 015-4000, Ciudad de México
Fundamento Jurídico
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Decreto
Artículo: Transitorios Cuarto y Octavo
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 66, 67 fracción I y 276 
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Artículo: 24, 25, 26, 27 y 28 
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Inspecciónes o verficaciónes relacionadas
Este trámite no tiene inspecciónes relacionadas
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?: No
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines para conservar información el trámite:
Descripción:
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas:
Número de solicitudes rechazadas:
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
PLAZO MÁXIMO DE RESOLUCIÓN QUE TIENE EL IFT
60 días naturales.
En caso de que el Instituto Federal de Telecomunicaciones realice alguna prevención al interesado, el plazo máximo de resolución del trámite o servicio se suspenderá a partir de la notificación correspondiente y se reanudará a partir del día hábil inmediato siguiente a aquel en el que el interesado conteste.
PLAZO MÁXIMO DE PREVENCIÓN QUE TIENE EL IFT
En cualquier momento.
El plazo que tiene el interesado para atender la prevención será de 30 días hábiles. En caso de no atender la prevención aquí señalada dentro de dicho plazo, el Instituto Federal de Telecomunicaciones desechará el trámite.
El plazo para atender la prevención podrá ser prorrogado en una sola ocasión por un periodo igual, a solicitud del interesado.



Datos del Órgano Interno de Control del Instituto y de la Autoridad en Materia de Mejora Regulatoria, en caso de que algún interesado requiera presentar alguna queja, denuncia o protesta ciudadana, según sea el caso, a propósito de su trámite o servicio:
Para hacer del conocimiento del Órgano Interno de Control (OIC), hechos que pueden implicar una presunta responsabilidad por actos u omisiones de las Servidoras y/o Servidores Públicos del Instituto Federal de Telecomunicaciones en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, deberá ingresar a la siguiente liga:
http://www.ift.org.mx/transparencia/organo-interno-control/atenci%C3%B3n-ciudadana/denuncias
Última modificación del trámite o servicio: 08 octubre 2024
Oficinas de Atención

Unidad de Concesiones y Servicios

Ciudad de México, Benito Juárez, Insurgentes Sur Benito Juárez, Nochebuena, 1143, C.P.03720, Telefono: (555) 015-4000, ,

Lunes 9:00 A. M. a 6:30 P. M.

Martes 9:00 A. M. a 6:30 P. M.

Miércoles 9:00 A. M. a 6:30 P. M.

Jueves 9:00 A. M. a 6:30 P. M.

Viernes 9:00 A. M. a 3:00 P. M.

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