Procedimiento de declaración administrativa de infracción en materia de comercio (respecto de derechos de autor).

Modalidad: NA

Homoclave: IMPI-06-003 Tipo: Trámite Tipo de trámite: Propiedad Intelectual
Dependencia: Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Unidad administrativa: Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Nivel de gobierno:
Permite iniciar acciones para sancionar a un presunto infractor a un derecho patrimonial de autor, cuando realice conductas que constituyan lucro directo o indirecto, es decir, cuando perciba un beneficio económico directo o indirecto.
Requisitos
1
Escrito libre de solicitud
Original y 2 copias
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 330
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 331
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: La solicitud de declaración administrativa de infracción en materia de comercio deberá presentarse mediante escrito libre y contener los siguientes requisitos: 1. Nombre del solicitante y, en su caso, de su representante. 2. El domicilio para oír y recibir notificaciones, y una dirección de correo electrónico. 3. Nombre y domicilio de la contraparte o de su representante legal. 4. El objeto de la solicitud, detallándolo en términos claros y precisos. 5. La descripción de los hechos, 6. Las pruebas que ofrezca, en su caso, y 7. Los fundamentos de derecho relacionados con el objeto de su solicitud.
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
2
Comprobante de Pago del trámite
Original y 2 copias
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 16
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 14
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: El pago se efectuará a través del Portal de Acceso a Servicios Electrónicos (PASE) del IMPI, en la siguiente dirección electrónica: https://eservicios.impi.gob.mx/seimpi/, en el apartado -Pagos en Línea-. El pago podrá realizarse en línea a través del PASE o en las ventanillas bancarias autorizadas descargando la línea de pago correspondiente.
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
3
Documento que acredita la personalidad del representante legal.
Original y 2 copias
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 27
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Cuando las solicitudes y promociones se presentan por conducto de representante legal, éste deberá acreditar su personalidad de conformidad al artículo 27 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
4
Número de inscripción en el Registro General de Poderes del IMPI, en su caso.
Original
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 29
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 30
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: El presente registro es un medio opcional para acreditar la personalidad del mandante dentro del procedimiento de declaración administrativa. Por lo que podrá acreditar con copia de la constancia de inscripción en el Registro General de Poderes del IMPI; bastará con una copia simple de la constancia de registro, si el poder se encuentra inscrito en el Registro General de Poderes establecido por el Instituto.
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 10 días
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental
Nombre del trámite o servicio: Solicitud de Inscripción en el Registro General de Poderes. IMPI-05-001
Nivel de gobierno: Administración Pública Federal
Homoclave:
5
Documentos y constancias en las que se funde la acción.
Original y 2 copias
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 331
Fracción:
Inciso:
Párrafo: PRIMER
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Documentos y constancias en las que se funde la acción en original o copia certificada.
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
6
Pruebas correspondientes.
Original y 2 copias
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 333
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 331
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: En los procedimientos de declaración administrativa se admitirán toda clase de pruebas, excepto la testimonial y confesional, salvo que el testimonio o la confesión estén contenidas en documental, así como las que sean contrarias a la moral y al derecho.
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
7
Traducción de los documentos presentados en idioma distinto al español, en su caso.
Original y 2 copias
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 13
Fracción:
Inciso:
Párrafo: SEGUNDO
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Presentar, en su caso, la traducción de los documentos o escritos en idioma distinto al español que se acompañen con la solicitud o promoción respectiva.
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero
Tipo de revisión necesaria: Otro
Nombre de la empresa o persona que lo emite: Otro
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
8
Legalización o apostilla de los documentos anexos provenientes del extranjero.
Original y 2 copias
Ámbito: Federal
Tipo: Código
Artículo: 546
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial
Artículo: 5
Fracción: IX
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Presentar la legalización o apostilla de los documentos anexos provenientes del extranjero de acuerdo a los términos legales de cada país.
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero
Tipo de revisión necesaria: Otro
Nombre de la empresa o persona que lo emite:
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato requerido:
No se presenta formato
Pasos
1 Elaborar la solicitud, a través de un escrito libre.
2 Proveer los anexos que sean necesarios.
3 Realizar el pago del servicio a través del Portal de Acceso a Servicios Electrónicos del IMPI (PASE), según corresponda.
4 Acudir a las ventanillas autorizadas para recibir solicitudes y promociones.
5 Presentar en original y copia simple la solicitud y sus anexos en la ventanilla correspondiente, guarda tu acuse de recibo.
6 Esperar la respuesta del Instituto.
¿Se puede agendar una cita para realizar el trámite?
Liga electrónica para agendar una cita en linea para realizar el trámite: https://citas.impi.gob.mx/
Otro Correo certificado con acuse de recibo, mensajería o paquetería.
1 Elaborar la solicitud, a través de un escrito libre.
2 Preparar la solicitud o promoción.
3 Proveer los anexos que sean necesarios.
4 Realizar el pago del servicio a través del Portal de Acceso a Servicios Electrónicos del IMPI (PASE), según corresponda.
5 Realizar el pago del servicio a través del Portal de Acceso a Servicios Electrónicos del IMPI (PASE), según corresponda.
6 Digitalizar en un solo archivo y en formato PDF (Portable Document Format), la solicitud o promoción firmada autógrafamente junto con el comprobante de pago de la tarifa correspondiente.
7 Acudir a la oficina de correo, mensajería o paquetería de su preferencia.
8 Ingresar al Buzón en Línea del IMPI localizado en el Portal de Acceso a Servicios Electrónicos (PASE), ubicado en la página electrónica https://eservicios.impi.gob.mx en el apartado “Otros servicios abiertos al público en general” y selecciona el icono “Envío de Documentos” y envía el archivo PDF.
9 Enviar la solicitud en original y copia junto con los anexos, guarda tu guía o acuse de recibo.
10 Acudir a las oficinas del Instituto al día hábil siguiente de haber realizado el envío por el Buzón a presentar tus documentos.
11 Esperar la respuesta del Instituto.
12 Presentar los originales de la solicitud o promoción, el comprobante de pago de la tarifa correspondiente, sus anexos, y la impresión del comprobante de envío generado por el Buzón en Línea. Guarda tu acuse de recibo.
13 Esperar la respuesta del Instituto.
Costo
$ 1,348.51
Monto Fijo
Moneda en la que se realizó el pago: Pesos Mexicanos
Metodología utilizada para cálculo del monto: Agregar el Impuesto al Valor Agregado a la tarifa establecida.
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo: 16
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
¿En dónde puedo realizar el pago? En el banco , en línea, Tarjeta de Crédito: VISA, MasterCard y American express.a través del Portal de Acceso a Servicios Electrónicos en la liga electrónica https://eservicios.impi.gob.mx/seimpi/
Descripción del medio de pago: El pago se efectuará a través del Portal de Acceso a Servicios Electrónicos (PASE) del IMPI, en la siguiente dirección electrónica: https://eservicios.impi.gob.mx/seimpi/. El pago podrá realizarse en las ventanillas bancarias autorizadas descargando la línea de pago correspondiente.
El pago se efectuará a través del Portal de Acceso a Servicios Electrónicos (PASE) del IMPI, en la siguiente dirección electrónica: https://eservicios.impi.gob.mx/seimpi/, en el apartado -Pagos en Línea.
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago: Previo al inicio del trámite
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: No aplica
Metodología para llevar acabo la resolución
Metodología para llevar acabo la resolución del trámite o servicio: Una vez transcurrido el plazo para que el titular afectado o el presunto infractor, presente sus manifestaciones, previo estudio de los antecedentes relativos, dando cumplimiento al periodo de alegatos y desahogadas las pruebas que lo requieran, se dictará la resolución administrativa que en derecho proceda, la cual se notificará a los interesados.
Anexo de los criterios de resolución
Descargar documento de criterios de resolución: Archivo
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 45 Días naturales
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 8 Días hábiles

Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias:
Derivado de la naturaleza de los procedimientos de declaración administrativa, cada asunto se estudia en lo particular, por lo cual una vez revisadas y analizadas las actuaciones de las partes y cada una de las constancias que lo integren, serán valoradas las pruebas presentadas, dentro del expediente con la finalidad de determinar si proceden las infracciones en materia de comercio solicitadas para dictar la resolución correspondiente.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: No aplica
Vigencia de la resolución
Vigencia: no aplica
Observaciones:
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando se afecte la titularidad de un derecho patrimonial de autor protegido por la Ley Federal del Derecho de Autor y caiga en alguno de los supuestos descritos en el artículo 231 de dicha Ley.
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Ninguna de las anteriores
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Aldo Arturo Fragoso Pastrana
Cargo: Director Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: 55 5334-0700 Ext. 10038
Ext:
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite: Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual.
Fundamento Jurídico
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial
Artículo: 5 BIS
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 234
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 342
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo que establece las reglas para la presentación de solicitudes ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Artículo: 38
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo: 16
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo: 3
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 332
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 232
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 231
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 16
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?: No
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines para conservar información el trámite:
Descripción:
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas: 124
Número de solicitudes rechazadas: 0
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
El presente procedimiento no cuenta con un plazo máximo de resolución toda vez que, por la naturaleza del mismo dependerá del impulso procesal y de las estrategias jurídicas de cada una de las partes que lo conforman, así como de la celeridad en la que puedan ser notificadas las partes. Los usuarios deberán señalar domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del territorio nacional que sean localizables y de fácil ubicación, y de preferencia optar por medios de comunicación electrónica de notificación, conforme al artículo 367, fracción III de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y el Acuerdo por el que se establecen lineamientos en materia de servicios electrónicos del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. No solamente el autor de la obra quien, es el titular del derecho moral y originalmente del derecho patrimonial, es quien tiene interés jurídico para solicitar una infracción administrativa en materia de comercio, sino que también lo tienen aquellas personas que son titulares del derecho patrimonial como son los herederos y aquellos que adquieren dicho derecho por cualquier otro título. Tienen también interés jurídico para promover una solicitud de infracción administrativa en materia de comercio el creador de obras literarias y artísticas previstas en el artículo 13 de la Ley Federal del Derecho de Autor aun cuando no las hubiese registrado, así como aquellas personas que son titulares de los llamados derechos conexos por ejemplo los artistas intérpretes o ejecutantes los editores de libros los productores de fonogramas y videogramas y los organismos de radiodifusión. El titular de estos derechos puede ejercitar sus acciones a nombre propio o bien a través de su apoderado legal. Resulta conveniente aclarar que cuando se presente una solicitud de declaración administrativa de infracción en materia de comercio, se podrá hacer refiriéndose a una o más de las fracciones establecidas en el artículo 231 de la Ley Federal del Derecho de Autor, adecuando las conductas del presunto infractor a las causales previstas en dicho dispositivo. Igualmente debe observarse lo dispuesto en los artículos 69 y 70 del Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial que mencionan los siguientes requisitos: En la solicitud de declaración administrativa de infracción deberá señalarse la ubicación de la empresa negociación o establecimiento en donde presuntamente se realicen las conductas constitutivas de este tipo de infracciones. Si en la solicitud de declaración administrativa de infracción en materia de comercio se solicita y ofrece una visita de inspección como prueba, cubriendo la tarifa respectiva, el Instituto la llevará a cabo en los términos que marca la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. Deberá presentarse por separado cada asunto y visita solicitada.
Última modificación del trámite o servicio: 23 julio 2021
Autoridad pública responsable

Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual

Arenal 550 Santa María Tepepan Tepepan C.P.16020

Lunes 9:00 A. M. a 4:00 P. M.

Martes 9:00 A. M. a 4:00 P. M.

Miércoles 9:00 A. M. a 4:00 P. M.

Jueves 9:00 A. M. a 4:00 P. M.

Viernes 9:00 A. M. a 4:00 P. M.

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