Expedición de permisos de importación. Modalidad O. Insumos no siderúrgicos a través de las fracciones arancelarias 9802.00.13 y 9802.00.23, para fabricar bienes clasificados en las partidas 72.08 a 72.29 y el capítulo 73 de la tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación, siempre que no se determine abasto nacional.

Modalidad: Modalidad O.

Homoclave: SE-03-057-O Tipo: Trámite Tipo de trámite: Solicitud
Dependencia: Secretaría de Economía
Unidad administrativa: Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior
Nivel de gobierno:
Estás interesado en importar insumos no siderúrgicos para fabricar productos laminados planos de hierro o acero sin alear? ¡La Secretaría de Economía (SE) te dice cómo! ¡Consulta la información aquí!
Requisitos
1
RFC; Condición de la mercancía (nuevo o usado); Régimen aduanero; Descripción de la mercancía; Fracción arancelaria; Cantidad a importar; Unidad de medida; Valor de factura en dólares; País(es) de procedencia; Uso específico de la mercancía; Justificación de la importación y el beneficio que se obtiene.
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Regla 2.2.21
Forma parte del formato: No
Naturaleza: No documental
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
2
Contar con un PROSEC o IMMEX
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción: V
Inciso: a)
Párrafo:
Número: 2
Letra:
Otro: Anexo 2.2.2
Forma parte del formato: No
Naturaleza: No documental
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
3
Que no se determine abasto nacional del insumo en cuestión, previa consulta a la industria nacional fabricante.
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior.
Artículo:
Fracción: V
Inciso:
Párrafo:
Número: 2
Letra:
Otro: Anexo 2.2.2
Forma parte del formato: No
Naturaleza: No documental
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
4
Optativo: El solicitante podrá aportar la información que a su consideración demuestre la inexistencia o insuficiencia de producción nacional, por cada caso. El solicitante podrá proveer la información pública disponible o cualquier otra que considere sustenta su petición, presentando como anexos los documentos y la información que, en su caso, apliquen
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción: V
Inciso:
Párrafo:
Número: 2
Letra:
Otro: Anexo 2.2.2
Forma parte del formato: No
Naturaleza: No documental
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
Formato requerido:
No se presenta formato
Pasos
Web
1 Prepara la información necesaria para realizar tu trámite de solicitud utilizando la Ventanilla Única.
2 Ingresa a la siguiente liga https://www.ventanillaunica.gob.mx/vucem/index.html
3 Captura la información que te solicita el sistema.
4 Firma electrónicamente.
5 Imprime tu acuse de recepción de solicitud.
Liga iniciar el trámite en linea: Liga para iniciar el trámite en línea
Descripción Requerido
Se puede realizar el trámite en línea sin acudir a oficinas gubernamentales
Se puede cargar o subir documentos en línea
Se notifica al interesado sobre el estatus del trámite No
Se puede enviar y recibir información por medios electrónicos con los correspondientes acuses de recepción de datos y documentos No
La resolución o respuesta de la dependencia del trámite es en línea
Se utiliza firma electrónica avanzada para realizar el trámite
Se notifica al interesado en línea, sobre la información faltante del trámite
Se notifica al interesado en línea, sobre el plazo de prevención del trámite No
Se notifica al interesado en línea, sobre el vencimiento del plazo de respuesta del trámite No
El trámite es de resolución inmediata No
Costo
Gratuito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 13 Días hábiles
Metodología para llevar acabo la resolución
Metodología para llevar acabo la resolución del trámite o servicio: 1. La SE autorizará la importación de mercancías de la Regla 8a., de insumos no siderúrgicos de conformidad con lo siguiente: Empresas que cuenten con un PROSEC en términos del Decreto del mismo nombre en el sector al que corresponda la fracción arancelaria de que se trate1. La SE autorizará la importación de mercancías de la Regla 8a., de insumos no siderúrgicos de conformidad con lo siguiente: Empresas que cuenten con un PROSEC en términos del Decreto del mismo nombre en el sector al que corresponda la fracción arancelaria de que se trate, y tratándose de operaciones bajo el régimen de importación temporal para elaboración, transformación o reparación contar con un Programa IMMEX. 2. Se trate de insumos no siderúrgicos para fabricar bienes clasificados en las Partidas 72.08 a 72.29 y el Capitulo 73 de la Tarifa y no se determine abasto nacional del insumo en cuestión, previa consulta a la industria nacional fabricante.
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 4 Días hábiles
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 5 Días hábiles

Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción: I
Inciso: b)
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Regla 2.2.30
Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias:
1. La SE autorizará la importación de mercancías de la Regla 8a., de insumos no siderúrgicos de conformidad con lo siguiente: Empresas que cuenten con un PROSEC en términos del Decreto del mismo nombre en el sector al que corresponda la fracción arancelaria de que se trate1. La SE autorizará la importación de mercancías de la Regla 8a., de insumos no siderúrgicos de conformidad con lo siguiente: Empresas que cuenten con un PROSEC en términos del Decreto del mismo nombre en el sector al que corresponda la fracción arancelaria de que se trate, y tratándose de operaciones bajo el régimen de importación temporal para elaboración, transformación o reparación contar con un Programa IMMEX. 2. Se trate de insumos no siderúrgicos para fabricar bienes clasificados en las Partidas 72.08 a 72.29 y el Capítulo 73 de la Tarifa y no se determine abasto nacional del insumo en cuestión, previa consulta a la industria nacional fabricante.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: Negativa ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Vigencia de la resolución
Vigencia: 1 año de vigencia
Observaciones: Tratándose de la importación temporal la vigencia será de dos años, prorrogable por un periodo igual, siempre que las circunstancias de hecho o los criterios con los que se otorgó continúen vigentes.
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción: III
Inciso:
Párrafo:
Número: 15
Letra:
Otro: Anexo 2.2.1
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando desees importar insumos no siderúrgicos para fabricar productos laminados planos de hierro o acero sin alear deberás solicitar el permiso previo de importación.
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Ninguna de las anteriores
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Ernestina Flores Ocampo
Cargo: Directora de Operación de Instrumentos de Comercio Exterior
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (555) 229-6100
Ext: 34333
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite: Pachuca, Exterior 189, Condesa, Cuauhtémoc, CP 06140, Teléfono (555) 729-9100, Ciudad de México
Nombre: Sara Fuentevilla Ogarrio
Cargo: Titular del Área de Quejas, Denuncias e Investigaciones del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Economía
Rol:
Otro:
Teléfono: (555) 629-9500
Ext: 21218
Correo electrónico: [email protected].
Nombre: Roberto Martínez Barjau
Cargo: Director de Quejas y Denuncias
Rol:
Otro:
Teléfono: (555) 629-9500
Ext: 21217
Correo electrónico: [email protected].
Fundamento Jurídico
Fundamento de la ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la vigencia
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción: III
Inciso:
Párrafo:
Número: 15
Letra:
Otro: Anexo 2.2.1
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción: V
Inciso:
Párrafo:
Número: 2
Letra:
Otro: anexo 2.2.2
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Regla 1.3.1
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción: V
Inciso: a)
Párrafo:
Número: 2
Letra:
Otro: Anexo 2.2.2
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Segundo
Número:
Letra:
Otro: Regla 1.3.7
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción: I
Inciso: b)
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Regla 2.2.30
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Primero
Número:
Letra:
Otro: Regla 1.3.7
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Inspecciónes o verficaciónes relacionadas
Este trámite no tiene inspecciónes relacionadas
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?: No
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines para conservar información el trámite:
Descripción:
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas:
Número de solicitudes rechazadas:
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
1. Para establecer la clasificación arancelaria de las mercancías de las mercancías a importar, deberás auxiliarte de un Agente Aduanal, conforme a lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley Aduanera. 2. Para la consulta las fracciones arancelarias sujetas a permisos previo, textos, regímenes aduaneros, podrás ver el Anexo 2.2.1 del “ACUERDO por el que la Secretaria de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior” (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de mayo de 2022 y sus posteriores modificaciones.). 3. Son mercancías beneficiadas por la Regla 8ª: las que se refieren a los incisos a) y b) de la Regla 8ª de las Complementarias para la aplicación de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, tales como insumos, materiales, partes, componentes, maquinaria y equipo, inclusive material de empaque y embalaje y, en general, aquellos para la elaboración de los productos finales establecidos en el Decreto que establece diversos Programas de Promoción Sectorial.
Última modificación del trámite o servicio: 12 julio 2024
Oficinas de Atención

Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior

Ciudad de México, Cuauhtémoc, Pachuca Cuauhtémoc, Condesa, 189, C.P.06140, Telefono: (555) 729-9100, ,

Lunes 9:00 A. M. a 3:00 P. M.

Martes 9:00 A. M. a 3:00 P. M.

Miércoles 9:00 A. M. a 3:00 P. M.

Jueves 9:00 A. M. a 3:00 P. M.

Viernes 9:00 A. M. a 3:00 P. M.

Cerrar

Catálogo Nacional