Revisión de resolución final en materia de prácticas desleales de comercio internacional. Modalidad A. Productor nacional

Modalidad: Modalidad A.

Homoclave: SE-13-002-A Tipo: Trámite Tipo de trámite: Otro
Dependencia: Secretaría de Economía
Unidad administrativa: Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales
Nivel de gobierno:
¿Te interesa solicitar la revisión de una resolución final de investigación por prácticas desleales de comercio internacional que determinó cuotas compensatorias definitivas sobre determinada mercancía? Presenta tu solicitud ante la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía.
Requisitos
1
Escrito libre de solicitud
Original y 3 copias
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
Artículo: 75
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Presentar escrito libre de solicitud de inicio de investigación con firma autógrafa del interesado o de quien actúa en su representación y el formulario oficial contestado. La solicitud de investigación debe contener lo siguiente: I. La autoridad administrativa competente ante la cual se promueva; II. Nombre o razón social y domicilio del promovente y, en su caso, de su representante, acompañando los documentos que lo acrediten; III. Actividad principal del promovente; IV. Volumen y valor de la producción nacional del producto idéntico o similar al de importación; V. Descripción de la participación del promovente, en volumen y valor, en la producción nacional; VI. Los fundamentos legales en que se sustenta; VII. Descripción de la mercancía de cuya importación se trate, acompañando las especificaciones y características comparativamente con la de producción nacional y, los demás datos que la individualicen; el volumen y valor que se importó o pretenda importarse con base en la unidad de medida correspondiente y su clasificación arancelaria conforme a la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación; VIII. Nombre o razón social y domicilio de las personas que se tenga conocimiento efectuaron la importación o de quienes pretenden realizarla, aclarando si dicha importación se realizó o realizará en una o varias operaciones; IX. Nombre del país o países de origen y de procedencia de la mercancía, según se trate, y el nombre o razón social de la persona o personas que se tenga conocimiento que realizaron o pretendan realizar la exportación presuntamente en condiciones desleales a México; X. Manifestación de los hechos y datos, acompañados de las pruebas razonablemente disponibles, en los que se funde su petición. Estos hechos deberán narrarse sucintamente, con claridad y precisión, de los que se infiera la probabilidad fundada de la existencia de la práctica desleal de comercio internacional; XI. Indicación de la diferencia entre el valor normal y el precio de exportación comparables. Para efectos de lo señalado en el párrafo anterior, se describirá la metodología de cálculo que se empleó para la determinación del valor normal, el precio de exportación y los ajustes propuestos, indicando las fuentes de información consultadas en cada caso; XIII. Los elementos probatorios que permitan apreciar que debido a la introducción al mercado nacional de las mercancías de que se trate, se causa daño a la rama de producción nacional; XIV. En su caso, descripción de peticiones de otras medidas de regulación o restricción comercial relacionadas con la mercancía objeto de la solicitud, y XV. Lo demás que se considere necesario. La solicitud y documentos anexos deberán ser presentados en original y en tantas copias como señale la Secretaría en el formulario oficial. Las copias de traslado se deberán presentar a más tardar con la respuesta a la prevención, en tantas copias como importadores, exportadores y, en su caso, gobiernos extranjeros se nombren en su solicitud y en la respuesta a la prevención. Dichas copias deberán presentarse por el medio que determine la Secretaría. De no cumplir con esta obligación, la solicitud se tendrá por abandonada.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato requerido:
No se presenta formato
Pasos
1 Acude a la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales, ubicada en Avenida Insurgentes Sur No. 1940, Planta Baja (área de ventanilla) Colonia Florida, Álvaro Obregón, Ciudad de México, Código Postal 01030, en un horario de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes.
2 Presenta tu solicitud mediante escrito libre, con el formulario correspondiente.
3 Presentar en tiempo y forma la respuesta a la prevención que, en su caso, te notifique la Secretaría.
Otro Trámite electrónico
1 El trámite y desahogo de las diligencias correspondientes a los procedimientos de investigación en materia de prácticas desleales de comercio internacional y los procedimientos especiales que deriven de éstos, podrá ser de manera electrónica, a través de la dirección de correo electrónico [email protected], en un horario de 9:00 a 18:00 horas de lunes a viernes.
Costo
Gratuito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 62 Días hábiles
Metodología para llevar acabo la resolución
Metodología para llevar acabo la resolución del trámite o servicio: El análisis se lleva a cabo con base en la legislación en la materia.
Anexo de los criterios de resolución
Descargar documento de criterios de resolución: Archivo
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 17 Días hábiles
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 20 Días hábiles

Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 52
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias:
Es necesario tener elementos suficientes para presumir que hubo un cambio de circunstancias a partir de la resolución por la que se impusieron las cuotas compensatorias definitivas.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: No aplica
Vigencia de la resolución
Vigencia: no aplica
Observaciones:
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando se considere que existe un cambio de las circunstancias por las que se determinó la cuota compensatoria definitiva, a partir del mes aniversario de la publicación en el DOF de la resolución final.
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Proceso de aperturaOperaciónProceso de cierre
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- ALONSO NAHÚM JIMÉNEZ HERNÁNDEZ
Cargo: Coordinación Jurídica
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (555) 229-6100
Ext:
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite: Pachuca, Interior Planta Baja, Exterior 189, Condesa, Cuauhtémoc, CP 06140, Teléfono (555) 729-9100, Correo electrónico [email protected], Ciudad de México
Nombre: Alfredo Martínez Álvarez
Cargo: Abogado del Área de Quejas
Rol:
Otro:
Teléfono: (555) 629-9500
Ext: 21220
Correo electrónico: [email protected]
Nombre: Virginia Martínez Eleuterio
Cargo: Titular del Área de Quejas, Denuncias e Investigaciones del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Economía
Rol:
Otro:
Teléfono: (555) 629-9500
Ext: 21220
Correo electrónico: [email protected]
Fundamento Jurídico
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio
Artículo: 11.2
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo: 8
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
Artículo: 78
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 68
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 50 y 51
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 52
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
Artículo: 78
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias
Artículo: 21.2
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 52
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 52
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?: No
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines para conservar información el trámite:
Descripción:
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas: 0
Número de solicitudes rechazadas: 0
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
N/A
Última modificación del trámite o servicio: 20 abril 2022
Autoridad pública responsable

Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales

Pachuca 189 Condesa Cuauhtémoc C.P.06140

Lunes 9:00 A. M. a 2:00 P. M.

Martes 9:00 A. M. a 2:00 P. M.

Miércoles 9:00 A. M. a 2:00 P. M.

Jueves 9:00 A. M. a 2:00 P. M.

Viernes 9:00 A. M. a 2:00 P. M.

Conoce más sobre el Catálogo Nacional
Cerrar

Catálogo Nacional