Aprovechamiento no extractivo de vida silvestre

Homoclave: SEMARNAT-08-036 Tipo: Trámite Tipo de trámite: Autorización
Dependencia: Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Unidad administrativa: Dirección General de Vida Silvestre
Nivel de gobierno:
¿Prestas servicios de recreación turística? Si visitas lugares donde haya ejemplares de vida silvestre con fines de conservación y recreativos que pueda dañarlos, requieres permiso de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT). ¡Infórmate aquí!
Requisitos
1
Identificación Oficial (IFE, INE o Pasaporte Vigente)
1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 12
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Segundo
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Identificación oficial del solicitante, cuando se trata de persona física e identificación de representante de persona moral
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
2
Comprobante de Pago del trámite
Original
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 238-C
Fracción: I y II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y ANEXO 19 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2021, mismo que entra en vigor el 1° de enero de 2022.
Descripción: El pago de derechos aplica únicamente si se realiza actividades de aprovechamiento no extractivo de tortugas terrestres, dulceacuícolas y marinas de vida silvestre en centros para la protección y conservación de las tortugas propiedad de la nación y en los centros para la conservación e investigación de la vida silvestre (CIVS)
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
3
Plan de Manejo
Original
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 101
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Documento deberá contener la información que corresponda que se indica en el artículo 40 de la Ley General de Vida Silvestre, indicar los impactos que pudiera generar la actividad a realizar, localización y caracterización del área, tipo de actividad a realizar, medios y formas para realizar la actividad, cronograma de actividades, caracteristicas biológicas de la especie sujeta a el aprovechamiento no extractivo. No se presenta el Plan de Manejo si se cuenta con una Norma Oficial Mexicana sobre la actividad que se pretende realizar. Si el Plan de Manejo se encuentra publicado en el portal de la SEMARNAT para la actividad que pretende realizar, únicamente deberá presentra Carta Adhesión al plan de manejo publicado.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato requerido:
Federal
Reglamento
133
Pasos
1 Revisa los requisitos del trámite.
2 Llena el formato FF - SEMARNAT – 016 y su pago de derechos
3 Acude a ingresarlo a la oficina correspondiente: Se sugiere sea en el Espacio de Contacto Ciudadano (ECC) de la SEMARNAT en la Ciudad de México por ser la responsable del trámite. Sin embargo, a través de los ECC de las Delegaciones Federales de la SEMARNAT en los Estados se puede ingresar el trámite para que a través de éstos se remita a Oficinas Centrales, salvo para aquellas ubicadas en Baja California, Coahuila, Chihuahua, Nuevo León, Sonora y Tamaulipas, quienes a través de su autoridad ambiental estatal correspondiente tienen la atribución de su gestión, mediante la firma de un Convenio Específico de Descentralización de Funciones en Materia de Vida Silvestre y cuya ubicación se puede consultar en la siguiente liga: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/148243/Gobiernos_Estatales.pdf, y 4 Conserva tu bitácora para dar seguimiento a tu gestión a través de: https://apps1.semarnat.gob.mx:8443/consultatramite/inicio.php
Costo
$ 46.00 - 478.00
Monto calculado
Moneda en la que se realizó el pago:
Metodología utilizada para cálculo del monto: Costo Anual $46.00 Costo Indefinida $478.00
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 238-C
Fracción: I y II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 y ANEXO 19 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2023, mismo que entra en vigor el 1° de enero de 2024.
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 15 Días hábiles
Metodología para llevar acabo la resolución
Metodología para llevar acabo la resolución del trámite o servicio: I. Recibida la solicitud, y dentro del primer tercio del plazo establecido para la resolución del trámite correspondiente, la Secretaría revisará la solicitud y los documentos presentados y, en su caso, prevendrá al interesado para que complete la información faltante, la cual deberá presentar dentro del término de quince días hábiles, contados a partir de la fecha en que surta efectos la notificación respectiva. El plazo de resolución se interrumpirá durante el término concedido al particular para desahogar la prevención; II. Transcurrido el plazo sin que se desahogue la prevención, se desechará el trámite; III. Desahogado el requerimiento señalado en la fracción I, de este artículo, la Secretaría reanudará el plazo de resolución correspondiente, y IV. Transcurridos los plazos de resolución sin que la Secretaría haya emitido pronunciamiento alguno respecto a la solicitud, se entenderá resuelta en sentido afirmativo. La Secretaría negará la autorización de aprovechamiento cuando se actualice cualquiera de los supuestos previstos en el artículo 47 Bis 3 de la Ley.
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 5 Días hábiles
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 15 Días hábiles

Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 133
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Segundo
Número:
Letra:
Otro:
Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias:
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: Afirmativa ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 13
Fracción: IV
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Vigencia de la resolución
Vigencia: 1 mes de vigencia
Observaciones: Se otorga en función de la temporalidad de la especie y por área de aprovechamiento no extractivo
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 134
Fracción: IV
Inciso:
Párrafo: Primero
Número:
Letra:
Otro:
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Tercero con carta poder
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando las personas físicas o morales realicen actividades relacionadas con la vida silvestre en su hábitat natural que no impliquen la remoción de ejemplares, partes o derivados o que presten servicios de turismo de naturaleza o transporten personas al área de observación de vida silvestre con fines de conservación y recreativos que pudieran causar impactos significativos en éstos sitios.
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- María de los Ángeles Cauich García
Cargo: Directora General de Vida Silvestre
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (555) 490-0900
Ext: 23309
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite:
Fundamento Jurídico
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 133
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Primero
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 12 y 133
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 133
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Segundo
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la vigencia
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 134
Fracción: IV
Inciso:
Párrafo: Primero
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 99
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Primero
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 13
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 13
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 13
Fracción: IV
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 238-C
Fracción: I y II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 y ANEXO 19 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2023, mismo que entra en vigor el 1° de enero de 2024.
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 13 Fracción I
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 133 Segundo Párrafo
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Inspecciónes o verficaciónes relacionadas
Este trámite no tiene inspecciónes relacionadas
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?: No
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines para conservar información el trámite:
Descripción:
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas: 1328
Número de solicitudes rechazadas: 0
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Elaborar el Plan de Manejo acorde a lo que se aplique con lo establecido en el artículo 40 de la Ley General de Vida Silvestre y en el artículo 37 del Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre ya que se debe presentar Objetivos, metas, indicadores de éxito, medios y formas para realizar el aprovechamiento no extractivo solicitado. Los aprovechamientos no extractivos en actividades económicas deberán realizarse de conformidad con la zonificación y la capacidad de uso determinadas por la Secretaría, de acuerdo con las normas oficiales mexicanas, o en su defecto de acuerdo con el plan de manejo que apruebe la Secretaría. No se otorgará dicha autorización si el aprovechamiento pudiera tener consecuencias negativas sobre las respectivas poblaciones, el desarrollo de los eventos biológicos, las demás especies que ahí se distribuyan y los hábitats y se dejará sin efecto la que se hubiere otorgado cuando se generen tales consecuencias. Los titulares de autorizaciones para el aprovechamiento no extractivo deberán presentar, de conformidad con lo establecido en el reglamento, informes periódicos a la Secretaría que permitan la evaluación de las consecuencias que ha generado dicho aprovechamiento. En relación al pago de derechos este se hará únicamente cuando se trate de aprovechamiento no extractivo de tortugas terrestres, dulceacuícolas y marinas y de la vida silvestre en general, originado por el desarrollo de las actividades de observación en centros para la protección y conservación de las tortugas propiedad de la Nación y en los centros para la conservación e investigación de la vida silvestre, por un monto $35.76
Última modificación del trámite o servicio: 11 enero 2024
Oficinas de Atención

Espacios de Contacto Ciudadano en las entidades federativas

Ciudad de México, Miguel Hidalgo, Ejército Nacional Miguel Hidalgo, Anáhuac I Sección, 223, C.P.11320, Telefono: (555) 490-0900, ,
Correo: [email protected]

Espacio de Contacto Ciudadano

Ciudad de México, Miguel Hidalgo, Ejército Nacional Miguel Hidalgo, Anáhuac I Sección, 223, C.P.11320, Telefono: (555) 490-0900, ,ext. 23452___,
Correo: [email protected]

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